La Gaceta Oficial del Departamento de Santa Cruz

Artículo Primero.- Aprobar la Modificación del Estatuto Orgánico y Reglamento a la Persona Jurídica denominada Asociación de Transporte "El Samaipateño", con domicilio en el Municipio de Samaipata, Provincia Florida, Departamento de Santa Cruz - Bolivia, con la prohibición de dedicarse a otro rubro que no sea el indicado en su Estatuto Orgánico, así también a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica. Por la Notaría de Gobierno se dispone la protocolización de su Estatuto Orgánico con sus XXIV Capítulos, 87 Artículos, Una Disposición Transitoria y su Reglamento Interno con sus XII Capitulos, 53 Artículos. Artículo Segundo.- El reconocimiento de la Personalidad Jurídica a la Asociación Civil denominada Asociación de Transporte "El Samaipateño", no constituye una autorización para prestar el servicio de transporte automotor, misma deberá ser tramitada obligatoriamente ante las instancias municipales, departamentales y/o nacionales competentes, conforme normativa vigente relacionada con el sector de transporte, el incumplimiento a esta obligación está sujeto a sanciones de las autoridades competentes.