Son actos administrativos de carácter particular o general emitidos para resolver asuntos administrativos del Ejecutivo Departamental, que según su objeto y de acuerdo a las atribuciones detalladas en la normativa vigente, podrán ser firmadas: a) Por la Gobernadora o Gobernador; b) Por la Gobernadora o Gobernador conjuntamente con uno o varios Secretarios o Secretarias Departamentales para temas específicos; c) Por una Secretaria o Secretario Departamental de acuerdo a sus atribuciones; d) Por las Subgobernadoras o Subgobernadores a cargo de las instancias provinciales y Directoras o Directores de Servicio de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
Instruir la elaboración semestral de monitoreo de descarga de efluentes a todas las actividades obras y proyectos que viertan aguas residuales en cuencas del río Piraí